viernes, 11 de julio de 2014

HISTORIA DEL DERECHO PERUANO


HISTORIA DEL DERECHO PERUANO

INTRODUCCIÓN
En el Imperio del Tahuantinsuyo, aún sin leyes escritas, existe una evidencia de la existencia de normas en las culturas preincaicas, dado que sólo un sistema organizativo rígido pudo permitir el desarrollo de majestuosas construcciones, técnicas agrícolas especializadas y construcción de caminos. El respeto de las costumbres terrenas, que estuvieron íntimamente unidas a creencias religiosas, fue una característica de la vida de las culturas preincaicas.

En la primera etapa, afirman los estudiosos, el hombre fue nómada y sólo se aprovechaba de la naturaleza en el aspecto más elemental como era el de cazar animales que le proveyeran alimento o para reunir cada día los frutos que la tierra espontáneamente producía. Se cree que ellos no tenían aún noción de autoridad, ni justicia y que su relación con los dioses era a través de las manifestaciones de la naturaleza.

CULTURAS PRE INCAICAS

Karl Wittfogel, historiador alemán, dice que las "sociedades hidraúlicas" que son aquellas que desarrollan la agricultura basándose en obras de irrigación de gran escala, construyendo redes de caminos y construyendo trabajos defensivos como son las grandes murallas (características de muchas de las culturas preincaicas), han estado integradas "por masas disciplinadas que levantaron dichas obras monumentales dirigidas por el poder público, lo que demuestra una fuerte estratificación social y el desarrollo de un Estado poderoso".

Pero de ello solo quedan evidencias en la cerámica de algunas culturas, como la Mochica, cuyo sistema político - social ha quedado reflejado en las piezas que retratan muchos tipos humanos, como sacerdotes, guerreros, tejedores, músicos, prisioneros, esclavos, que señalan que en esa sociedad existía una marcada estructura de clases y una reconocida especialización en el trabajo.

II. HISTORIA: DERECHO INCAICO

INTRODUCCIÓN
En la época de su mayor esplendor, el Imperio Incaico llegó a ser un Estado inmenso que abarcó gran parte de los territorios de lo que hoy son el Perú, Argentina, Bolivia, Colombia, Chile y Ecuador, donde había grandes núcleos de población, con variados grados de cultura.

Antes de ser conquistados por los incas, los grupos humanos que habitaban esos territorios, tenían sus costumbres establecidas, las mismas que constituían un conjunto de normas que algunos historiadores consideran que era ya una especie de Derecho local, al cual fue superpuesto el que traían los conquistadores incas. Sin embargo, muchas de las más antiguas de esas costumbres perduraron a través del tiempo y de la superposición de normas, pues una de las reglas de las autoridades incas, era que los pueblos que se incorporaban al imperio, conservaran sus costumbres si éstas no estaban en abierta contradicción con las existentes, en el cada vez más creciente reino del Tahuantinsuyo.

Aunque muchos historiadores no la consideran al hablar de la Historia del Derecho, hay otros que afirman que la cultura incaica tuvo una legislación que abarcaba prácticamente todos los aspectos de la vida de los ciudadanos del Imperio de los Incas.


Así lo aseveró Cieza de León, uno de los cronistas del siglo XVI, quien asombrado del sistema de leyes y castigos existente en el imperio incaico a la llegada de los españoles, escribió en uno de sus relatos, describiendo las costumbres del pueblo conquistado: "De tal manera entendían los incas el proveer justicia, que ninguno osaba hacer desaguisado, ni hurto".

Tanto la administración del imperio, como la vida familiar, el culto religioso y el aspecto laboral y tributario, estaban sujetos a reglas muy estrictas cuyo cumplimiento estaba encomendado a diversas autoridades. Ellas eran responsables de la seguridad y bienestar de los grupos humanos a su cargo.


Por eso, hacían cuidar los cultivos y los rebaños, ordenaban el trabajo especializado, organizaban los cultos religiosos y administraban justicia. En este aspecto, eran tan estrictas sus leyes no escritas, que, quienes debiendo hacerlo, no castigaban al que había cometido un delito eran considerados tan culpables como el infractor y recibían el mismo castigo que él.

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