viernes, 11 de julio de 2014

HISTORIA DEL DERECHO PERUANO


HISTORIA DEL DERECHO PERUANO

INTRODUCCIÓN
En el Imperio del Tahuantinsuyo, aún sin leyes escritas, existe una evidencia de la existencia de normas en las culturas preincaicas, dado que sólo un sistema organizativo rígido pudo permitir el desarrollo de majestuosas construcciones, técnicas agrícolas especializadas y construcción de caminos. El respeto de las costumbres terrenas, que estuvieron íntimamente unidas a creencias religiosas, fue una característica de la vida de las culturas preincaicas.

En la primera etapa, afirman los estudiosos, el hombre fue nómada y sólo se aprovechaba de la naturaleza en el aspecto más elemental como era el de cazar animales que le proveyeran alimento o para reunir cada día los frutos que la tierra espontáneamente producía. Se cree que ellos no tenían aún noción de autoridad, ni justicia y que su relación con los dioses era a través de las manifestaciones de la naturaleza.

CULTURAS PRE INCAICAS

Karl Wittfogel, historiador alemán, dice que las "sociedades hidraúlicas" que son aquellas que desarrollan la agricultura basándose en obras de irrigación de gran escala, construyendo redes de caminos y construyendo trabajos defensivos como son las grandes murallas (características de muchas de las culturas preincaicas), han estado integradas "por masas disciplinadas que levantaron dichas obras monumentales dirigidas por el poder público, lo que demuestra una fuerte estratificación social y el desarrollo de un Estado poderoso".

Pero de ello solo quedan evidencias en la cerámica de algunas culturas, como la Mochica, cuyo sistema político - social ha quedado reflejado en las piezas que retratan muchos tipos humanos, como sacerdotes, guerreros, tejedores, músicos, prisioneros, esclavos, que señalan que en esa sociedad existía una marcada estructura de clases y una reconocida especialización en el trabajo.

II. HISTORIA: DERECHO INCAICO

INTRODUCCIÓN
En la época de su mayor esplendor, el Imperio Incaico llegó a ser un Estado inmenso que abarcó gran parte de los territorios de lo que hoy son el Perú, Argentina, Bolivia, Colombia, Chile y Ecuador, donde había grandes núcleos de población, con variados grados de cultura.

Antes de ser conquistados por los incas, los grupos humanos que habitaban esos territorios, tenían sus costumbres establecidas, las mismas que constituían un conjunto de normas que algunos historiadores consideran que era ya una especie de Derecho local, al cual fue superpuesto el que traían los conquistadores incas. Sin embargo, muchas de las más antiguas de esas costumbres perduraron a través del tiempo y de la superposición de normas, pues una de las reglas de las autoridades incas, era que los pueblos que se incorporaban al imperio, conservaran sus costumbres si éstas no estaban en abierta contradicción con las existentes, en el cada vez más creciente reino del Tahuantinsuyo.

Aunque muchos historiadores no la consideran al hablar de la Historia del Derecho, hay otros que afirman que la cultura incaica tuvo una legislación que abarcaba prácticamente todos los aspectos de la vida de los ciudadanos del Imperio de los Incas.


Así lo aseveró Cieza de León, uno de los cronistas del siglo XVI, quien asombrado del sistema de leyes y castigos existente en el imperio incaico a la llegada de los españoles, escribió en uno de sus relatos, describiendo las costumbres del pueblo conquistado: "De tal manera entendían los incas el proveer justicia, que ninguno osaba hacer desaguisado, ni hurto".

Tanto la administración del imperio, como la vida familiar, el culto religioso y el aspecto laboral y tributario, estaban sujetos a reglas muy estrictas cuyo cumplimiento estaba encomendado a diversas autoridades. Ellas eran responsables de la seguridad y bienestar de los grupos humanos a su cargo.


Por eso, hacían cuidar los cultivos y los rebaños, ordenaban el trabajo especializado, organizaban los cultos religiosos y administraban justicia. En este aspecto, eran tan estrictas sus leyes no escritas, que, quienes debiendo hacerlo, no castigaban al que había cometido un delito eran considerados tan culpables como el infractor y recibían el mismo castigo que él.

EL DERECHO ROMANO


EL DERECHO ROMANO

INTRODUCCIÓN
El derecho romano es piedra angular de nuestro derecho actual, con excepción de las regiones en donde se aplica el derecho musulmán e hindú, del derecho clásico chino, de derechos consuetudinarios. El mundo se encuentra dividido en dos grandes familias de sistemas jurídicos:

·        La anglosajona
·        La romanista.

El derecho romano es el conjunto de principios de derecho que rigió la sociedad romana en las diversas épocas de su historia, hasta la muerte del emperador Justiniano. Desde entonces y hasta nuestros días, su estudio no ha cesado, ya que es fuente principal del derecho positivo mexicano.

Su utilidad es tanto histórica y práctica, ya que a través de él, podemos llegar a elaborar análisis a fondo como abogados, llegando a conocer la ciencia y el arte del derecho.

Es, un modelo, ya que sus Jurisconsultos se distinguieron por su lógica, análisis y deducción, habilidades que todo abogado debe desarrollar para la práctica profesional del derecho.

1.1 CONCEPTO DE DERECHO ROMANO.
Todos los pueblos, no importando su antigüedad, se han regido por ciertas reglas de conducta que han coadyuvado a una convivencia pacífica, estas reglas las podemos agrupar en cuatro sectores:
·        Religión
·        Moral
·        Ethos
·        Derecho.

Las reglas del Derecho dictan lo que está permitido y aquello que está prohibido, lo cual se fundamenta en el respeto y el auxilio que nos debemos unos a otros, a fin de hacer posible la vida gregaria.

Cualquier sistema de Derecho del que se hable en la actualidad, es el producto de una historia, compleja y peculiar, única, que responde a ciertas características de los pueblos que lo han formado, -como es raza, historia, cultura, geografía, economía, política, religión, y tiempo determinado.

De esta manera, el Derecho Romano es el resultado del devenir histórico de una civilización que, aún hoy en día es modelo de integración y desarrollo político pero sobre todo, legal.

Así, el Derecho Romano es el conjunto de normas e instituciones jurídicas que tuvieron vigencia a través de las diversas etapas de la historia del pueblo romano (monarquía, republicana e imperial). Abarca desde los comienzos de la civitas quiritaria (753 a.C.) hasta la caída de Roma (476 d.C.), en el Imperio Romano de Occidente, y hasta la muerte del Emperador Justiniano (565 d.C.), en el Imperio Romano de Oriente.

La historia del Derecho Romano es considerada especial para la educación de los juristas, principalmente por dos razones:
·   Por ser el sistema jurídico más completo que la humanidad ha producido y
· Por ofrecer un ciclo completo de evolución jurídica.

Este devenir histórico ha sido dividido en dos grandes etapas:
·  Contempla las transformaciones sociales y políticas, la organización del gobierno y los métodos de creación de las normas en la Roma antigua, a lo que se ha llamado historia externa y de las fuentes del derecho o historia iuris.
·        Análisis, a través del tiempo, del contenido de las normas relativas a la familia, a la propiedad, los contratos, las sucesiones y el Procedimiento civil, o sea, la evolución del Derecho privado romano o historia interna, Instituciones o antiquitates iuris. Temas ambos que serán desarrollados en posteriores unidades de este libro.

Ahora bien, conceptos de Derecho Romano, podemos encontrar varios, entre los cuales, cabe citar:


“Es el ordenamiento jurídico que rigió al pueblo romano desde la fundación de la ciudad en 753 a. de J.C. hasta la caída del Imperio de Occidente en 476 d. de J.C. y en el Imperio de Oriente (En 395 d. de J.C. el Emperador Teodosio divide el Imperio entre sus dos hijos: Arcadio, a quien correspondió el Oriente y Honorio quien gobernó el Occidente); hasta la época del Emperador Justiniano, quien reinó del 527 al 565”.

ORIGEN DEL DERECHO

El origen del Derecho se basa en la necesidad impuesta por la condición social del ser humano. La palabra Derecho se originó en el vocablo latino “derectum” que significa recto, referido al fiel de la balanza, que mantiene en equilibrio a ambos platillos, tratando de lograr un equilibrio entre los derechos contrapuestos.

Las reglas, incluye los usos, las costumbres, las normas morales, las religiosas, y las jurídicas, requiriéndose en este último caso, órganos públicos encargados de su elaboración, aplicación y sanción.

Las primeras normas se transmitieron oralmente y conformaron el Derecho Consuetudinario, para luego plasmarse en leyes escritas más seguras con gran influencia de la religión, como las leyes de Moisés; y la moral.

Los primeros códigos de leyes pertenecen a los sumerios, con asombrosa sistematización. En Babilonia es especialmente importante por su antigüedad y por mostrar el extremo rigorismo, propio de una civilización antigua y vengativa, el Código de Hammurabi.


Sin embargo, será el Derecho Romano  el que ofrezca una elaboración de normas de Derecho privado, tan evolucionada y progresiva, que es sin duda la gran fuente de los códigos civiles modernos.